Embalaje de la cadena de custodia


De la Cadena de Custodia y su embalaje

Una vez que las unidades de policía facultadas y/o peritos hayan ubicado, fijado e identificado los indicios o evidencias deberán;
  1. Hacer un inventario de los mismos, con su descripción y el estado en que se encontraron.
  2. Llevar a cabo el levantamiento de acuerdo con los protocolos establecidos y las técnicas adecuadas en la investigación criminalística.
  3.  Embalar las evidencias inventariadas en el empaque o contenedor adecuado, debidamente cerrado y etiquetado, y en su caso sellado. La etiqueta deberá contener los datos siguiente:

  • Fecha y hora del hallazgo.
  • Numero de indicio o evidencia.
  • Número de registro (folio o llamada).
  • Observaciones.
  • Domicilio exacto del lugar de los hechos y/o hallazgo, ubicación exacta del lugar donde el indicio fue recolectado, y descripción material.
  • Nombre completo, sin abreviaturas, del agente policial, perito o auxiliar responsable de la recolección y el embalaje.


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